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Su empresa está en la obligación de garantizar que sus empleados desarrollen sus labores de forma segura. Si sufren un accidente por su culpa, como empleador está obligado a indemnizarlos. Este seguro lo acompaña para que cuide su patrimonio.
¿Capacita a sus empleados regularmente en el manejo de los equipos que usan para cumplir sus tareas?, ¿cuentan ellos con los elementos de protección personal que necesitan para trabajar de forma segura?, ¿cumplen las normas de seguridad laboral? Si respondió no a alguna de estas preguntas, es tiempo de que tome medidas.
Con la afiliación y pago a una ARL, usted traslada una parte de su riesgo. Sin embargo, su patrimonio puede verse comprometido cuando un empleado sufra un accidente laboral por su culpa. Nosotros le brindamos el acompañamiento económico que requiere para su tranquilidad con el Seguro de Responsabilidad del Empleador.
Cubre la muerte o lesiones personales de sus empleados, contratistas o subcontratistas en caso de accidentes cuando usted como empleador no les garantice seguridad para desempeñar su labor. Esta cobertura opera en exceso de la Seguridad Social.
Cubre los gastos para defenderse de cualquier reclamación que le presente un tercero por alguna de las responsabilidades incluidas en este seguro.
Perjuicios por enfermedades profesionales, endémicas o epidémicas.
Daños o lesiones causados por presión repetida o derivados de sobreesfuerzo.
Accidentes de trabajo causados deliberadamente o con culpa grave de su empleado.
Reclamaciones no relacionadas con accidentes de trabajo que hagan sus empleados o los de sus contratistas o subcontratistas.
Daños generados por el incumplimiento de obligaciones de tipo laboral (salarios, beneficios, entre otros factores) u otras responsabilidades que no tengan que ver con un accidente laboral.
Para conocer las condiciones completas del seguro y otras exclusiones ingrese aquí.
Cualquier empresa que desee asegurarse ante la responsabilidad civil y quiera proteger el patrimonio de su empresa. Debe ser apta luego de un análisis de riesgo realizado por SURA.
Llamando a la línea de atención de Seguros SURA: sin costo desde su celular al #888, al 437 88 88 en Bogotá, Cali o Medellín, o al 01 8000 518 888 en el resto del país.
Ingresando a www.sura.com.co en la opción de “Ingresa a tu cuenta”.
Contactando a su asesor de seguros.
Hacer lo que esté a su alcance para evitar la propagación del siniestro o la afectación de más personas.
Atender las recomendaciones que Seguros SURA le dé para enfrentar la situación y evitar su repetición.
Adoptar las medidas que favorezcan su defensa ante una reclamación judicial.
El seguro será cancelado si el pago de la prima no se realiza dentro de los 45 días siguientes al inicio de su vigencia.
El seguro puede ser cancelado de forma unilateral por Seguros SURA o la empresa asegurada.
El Seguro de Responsabilidad del Empleador tiene vigencia por un año sin renovación automática.
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