Chatea con TiBot
Canales de contacto
ES

Español

SEGUROS
¿CÓMO TE PROTEGEMOS?
Gestión Financiera

Tecnología y Transformación Digital
​​


​Con este seguro su empresa puede:

Pagamos el canon de arrendamiento​  
Garantizar sus ingresos como arrendador en caso de que su inquilino incumpla con el pago del canon de arrendamiento.
Cubrimos el valor de los servicios  
Recibir apoyo económico para el pago de los servicios públicos y la administración pendientes después de la restitución de su propiedad.
Le ofrecemos coberturas opcionales  
Contar con la mejor asistencia para el cuidado y la protección de sus bienes inmuebles.

¿Le han quedado mal con los pagos arriendos que recibe su empresa? Cuando adquiere este seguro se despreocupa porque sabe que, pase lo que pase, tiene garantizado el ingreso que le generan sus locales, bodegas u otros espacios.

La cobertura principal es para el incumplim​iento de pagos de arriendo, servicios públicos y administración, pero tiene a su disposición protecciones opcionales como daños y faltantes, y asistencia domiciliaria, que comprende servicio de plomería, electricidad, cerrajería, reemplazo de vidrios y asistencia jurídica telefónica.

El seguro está disponible de manera individual y colectiva. Su empresa puede tomar un seguro individual por cada propiedad que tenga arrendada o ser incluida en un seguro colectivo que toman las agencias inmobiliarias para cubrir los riesgos a los que se exponen sus contratos de arrendamiento.

A estas agencias le puede delegar el trabajo de conseguir el inquilino, las labores de mantenimiento y reparación de su inmueble y el inventario de la propiedad, así no tiene que preocuparte por hacer estos trámites.

Conozca mejor los beneficios

Tome la decisión de cuidar el patrimonio de su empresa desde ahora. ​​​

  • Lo incluye el plan.
  • Lo adiciona por un valor extra.
  • No lo incluye el plan.

¿Qué le ofrecemos?​

Plan individual

Plan colectivo

Pago del canon de arrendamiento en caso de incumplimiento por parte del inquilino.

Pago de la cuota de administración que incumpla el inquilino de la propiedad, siempre y cuando esté incluido en el contrato.

Reembolso del valor de los servicios públicos que el propietario deba asumir por el incumplimiento de pago de los inquilinos (usted paga y nosotros le devolvemos ese dinero).

Pago por los daños a terceros que hayan sido ocasionados por el inquilino de la propiedad.

Asistencia domiciliaria (servicios de plomería, electricidad, cerrajería, reemplazo de vidrios, gastos de traslado y asistencia jurídica telefónica).

  • Bogotá

  • El resto del país

  • Bogotá

  • El resto del país

Daños y faltantes del inventario.

¿Qué cubrimos?

Cobertura principal

Si su inquilino no cumple con las obligaciones que tiene con su empresa en las fechas establecidas en el acuerdo, nosotros le pagaremos el canon de arrendamiento más la cuota de administración, siempre y cuando tenga esta última incluida en el contrato.

Como es viable que también se presente incumplimiento en el pago de los servicios públicos, su organización debe hacerse cargo de esos gastos, pero con la tranquilidad de saber que luego le reembolsaremos una parte de ese dinero según el valor contratado.

Si se pregunta cómo funciona la cobertura de servicios públicos, la respuesta es muy fácil: para cánones de arrendamiento inferiores a cuatro millones de pesos, nosotros cubrimos hasta el doble. Por ejemplo: si el arriendo de un loc​al tiene un valor de tres millones de pesos mensuales, en el momento en que los inquilinos entreguen la propiedad y hayan dejado una deuda de siete millones de pesos o más, le reembolsaremos seis para que recupere el dinero gastado en esos servicios, pues solo podemos pagarle cuando el inquilino abandone la residencia.

Si el canon de arrendamiento supera los cuatro millones de pesos, le reembolsamos lo correspondiente al 1.5 de ese valor. Por ejemplo: si la mensualidad de la casa o apartamento es de cinco millones, la cobertura en servicios públicos es de $7 500 000. Sin embargo, tenga en cuenta que en caso de exceder un canon de ocho millones, solo le podemos cubrir hasta 15 millones de reembolso.

Además, debe saber que cuando cortan los servicios públicos, estos se reinstalan y reconectan, pero no aplica cuando se pierde la línea telefónica.


Coberturas opcionales

Le pagamos los daños y faltantes de los bienes que incluya en el inventario inicial del contrato, siempre y cuando se comprueben al momento de la entrega del inmueble. Tenga presente que no podemos cubrir esos daños o faltantes cuando son producto del deterioro del tiempo, por ejemplo, la pintura, fisuras en las paredes, humedades, desprendimiento de techos, entre otros.

Esta cobertura incluye los siguientes servicios. Tenga en cuenta que el límite es de diez eventos en el año con un valor máximo de dos salarios mínimos mensuales por evento.

Plomería: un técnico especializado va a su inmueble para restablecer el servicio de suministro y evacuación de aguas cuando se haya roto una tubería al interior. No se incluyen redes de procesos industriales o sistemas que estén fuera del inmueble.

Electricidad: un técnico especializado va a su inmueble arrendado para restablecer la electricidad luego de un daño en el interior. No se incluyen redes específicas de equipos, maquinaría, procesos o sistemas industriales.

Cerrajería: un técnico especializado restablece el acceso o cierre externo del inmueble arrendado como consecuencia de daños de la cerradura o pérdida de la llave.

Reemplazo de vidrios: un técnico especializado reemplaza los vidrios que formen parte del exterior del inmueble arrendado y que se hayan roto. No tienen cobertura los vidrios decorativos, cabinas de baño, vitrales y acabados estéticos.

Seguridad: si no se pueden arreglar inmediatamente los daños de cerrajería o reemplazo de vidrios, y si eso representa un riesgo para la seguridad del inmueble, le prestamos un servicio de seguridad privada durante máximo dos días.

Gastos de traslado por interrupción de viaje: si usted como arrendador o el inquilino están fuera de la ciudad y deben regresar por un imprevisto que afecte de manera considerable el inmueble, le reembolsamos los gastos que asuma para el traslado con el fin de solucionar el inconveniente, por ejemplo, una inundación por dejar alguna llave abierta. Máximo diez salarios mínimos legales.

Asistencia jurídica telefónica: tanto a usted como al inquilino les damos asesoría y orientación telefónica en temas relacionados con la definición y el alcance de las coberturas de este seguro para que comprendan bien qué cubre y qué no.


¿Qué no cubrimos?

  • Cláusulas penales, multas, intereses sobre cánones de arrendamiento, cuotas de administración o cualquier otra sanción económica.

  • Daños y faltantes causados al inmueble arrendado por cualquier causa, , salvo que se haya contratado la cobertura opcional de daños y faltantes. 

  • Cánones de arrendamiento, cuotas de administración, reajustes o servicios públicos domiciliarios que no estén pactados por escrito, no se ajusten a la ley o que no hayan sido notificados a Seguros SURA.


Para mayor información sobre las exclusiones del seguro, consulte​ el condicionado general aquí.​​​​​​​​​

¿Cómo solicitar asistencia domiciliaria?

El arrendador o el arrendatario podrán solicitar asistencia domiciliaria llamando sin costo al #888 desde su celular, al 437 88 88 si están en Bogotá, Medellín o Cali, o al 01 8000 51 8888 en el resto del país.

¿Cómo hacer una reclamación?

Recuerde cumplir con los siguientes puntos para hacer efectiva la reclamación del seguro.

  • Canon de arrendamiento y cuota de administración: debe notificar a SURA, y adjuntar los soportes originales como contrato de arrendamiento y constancia de pago de la cuota de administración. Intente realizar la reclamación y presentar los documentos soporte dentro de los cinco primeros días siguientes a la ocurrencia del siniestro. 

  • Servicios públicos domiciliarios:​ debe notificar a SURA y adjuntar los soportes originales como factura, constancia de pago o cualquier otro soporte que confirme el dinero adeudado. Intente realizar la reclamación y presentar los documentos soporte dentro de los 60 días siguientes a la fecha en la que se desocupó el inmueble arrendado.

  • Daños y faltantes: debe notificar a SURA y adjuntar los soportes de la reclamación tales como el inventario inicial y final que dé cuenta de los daños y faltantes, facturas o cotizaciones para reemplazar o reparar los mismos.​


Después de que ha presentado la reclamación:​

  • No debe recibir ningún dinero, canon de arrendamiento o cuota de administración por parte del arrendatario moroso o de terceras personas, ni tampoco debe realizar certificados o paz y salvo aun cuando SURA le haya pagado las reclamaciones. Cuéntenos oportunamente en caso de recibir cualquier tipo de pago.

  • Debe entregar los poderes necesarios para que SURA pueda realizar el proceso de recuperación de dineros indemnizados y del inmueble arrendado. 

  • Haga todo lo posible p​or evitar la extensión del siniestro.


Consulte en el condicionado general del seguro en qué situaciones puede​ reclamar.

Plazos y términos

  • En el seguro individual el pago de la prima deberá realizarse de forma anticipada anual en cuanto inicie y se legalice el contrato de arrendamiento.

  • Este seguro se puede terminar si hay mora en el pago de la prima por más de 30 días; el arrendador, si el arrendatario o Seguros SURA terminan el contrato de arrendamiento o el del seguro unilateralmente; o si se comprueba mala fe por parte del arrendador o el arrendatario.​

  • ​Este seguro se renovará siempre y cuando nos notifiques la continuidad del contrato de arrendamiento en los mismos ​términos y condiciones pactados inicialmente y no existan circunstancias que modifiquen el estado del riesgo.

  • Seguros SURA te indemnizará hasta tanto se restituya el inmueble arrendado​ con un límite máximo de indemnización de 36 meses.​​

​​​​​​​​​​​​​​​

¿Necesitas asesoría para elegir tu seguro?

Déjanos tus datos para que un asesor se comunique contigo y resuelva tus dudas.

Selecciona un tipo de identificación
Ingrese un Número de identificación
Ingrese su Nombre.
Ingrese su Apellido.
Ingrese su ciudad
{{item.descripcion}} "{{searchText}} " no se encuentra en esta lista de ciudades.
Ingrese número de celular
Ingrese su correo electronico
Debe aceptar las condiciones

¿Tienes dudas?

¡Comunícate con nosotros!

01 8000 51 8888
​​

Términos y condiciones

Para conocer mejor esta solución, descarga los términos y condiciones.

Consulta aquí las condiciones del seguro
​​​​​​​​​​

Selecciona el tema que necesitas