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SEGUROS
¿CÓMO TE PROTEGEMOS?
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El Seguro de Fraude de Empleados cubre​:

Cubrir su patrimonio  
Su patrimonio en caso de hurto, falsedad, estafa o abuso de confianza de sus empleados.
respaldo en caso de pérdidas causadas por trabajadores no identificados  
Pérdidas causadas por trabajadores no identificados.
Darles un respaldo a tus beneficiarios  
Las pérdidas de bienes pertenecientes a terceros. 

En Colombia el 70% de los crímenes económicos cometidos contra las empresas, provienen de sus propios empleados. Ante esta situación, SURA ofrece a las empresas del sector real, industrial y de servicios una solución que les permite protegerse frente a la posibilidad de pérdidas generadas por este tipo de acciones.

En la actualidad existe una amplia ​​​variedad de comportamientos ilícitos que pueden tipificarse como fraude de empleados, entre ellos encontramos cancelación de cuentas por cobrar, facturas de trabajos no realizados, transferencias bancarias por valores diferentes, entre otros.

Algunas de estas circunstancias pueden representar un riesgo para su empresa al perjudicar el desempeño y los resultados de la organización. Con el Seguro de Fraude de Empleados de SURA, usted, su empresa y su patrimonio estarán seguros. ​​

¿Qué cubrimos?

Coberturas principales

Se cubren las pérdidas que sufra la empresa por la apropiación indebida de dinero u otros bienes de su propiedad que se produzcan como consecuencia de:

Cuando una persona se apodera de dinero u otros bienes ajenos.

Es la apropiación violenta de dinero o bienes ajenos. Se puede presentar por ejemplo cuando: 

  • Se utilizan llaves sustraídas o falsas.

  • Se abren puertas o cajones con violencia.

  • La apropiación se realiza bajo amenaza o aprovechándose de las condiciones de indefensión o inferioridad de la víctima.

  • Entre otras.

Es la falsificación de un documento público o privado, el uso de un documento público falso y la suplantación de otra persona con el fin de obtener un provecho ilícito.

Se presenta cuando una persona busca un provecho ilícito induciendo a otro por medio de artificios o engaños. Para que esta se dé es necesario que se cree una situación engañosa para lograr una ventaja deshonesta.

Es la apropiación de dinero u otros bienes ajenos que se le han entregado a una persona, quien en razón de su confianza, se apodera de los bienes que le fueron confiados.


Coberturas opcionales​

Aplica cuando la empresa no puede determinar específicamente el trabajador o los trabajadores responsables.

Hurto, hurto calificado y abuso de confianza sobre bienes que son propiedad de otros. ​        

        


​¿Qué no cubrimos?


  • Daños que sufran los bienes por cualquier causa.

  • Mermas inherentes a la condición física de los inventarios.

  • Diferencia de inventarios.

  • Abuso de confianza cuando no implica apropiación sino uso indebido.

  • Las pérdidas no imputadas a un empleado.

  • Pérdidas que resulten de pagos realizados a terceros equivocadamente.

  • Créditos concedidos a terceros y no pagados.

  • Pérdidas o daños cuando se compruebe que la empresa se abstuvo, durante la vigencia de la póliza, realizar las siguientes conductas:

    • Corte de cuentas por lo menos una vez al año.

    • Cuadre de caja diario de las operaciones de cobradores, cajeros, mensajeros y vendedores ambulantes.

    • Un arqueo por lo menos una vez al mes.

    • Efectuar mensualmente la conciliación de cuentas bancarias.


Para conocer las condiciones completas del seguro y otras exclusiones​ ingresa aquí.

¿Qué empresas se pueden asegurar?

​Todo tipo de empresas pequeñas, medianas y grandes de diferentes sectores de la economía. Excepto establecimientos financieros, corresponsales bancarios, fondos de empleados, comisionistas de bolsa, empresas del sector de hidrocarburos, empresas de transportes de valores y EPS.

Tarifa y formas de pago

El costo del seguro dependerá del valor asegurado que elija. Conozca las diversas alternativas para pagar aquí

¿Cómo hacer una reclamación?

  • Llamando a la línea de atención de SURA en Bogotá, Cali o Medellín al 4378888 o en el resto del país al 0180000518888.
  • Ingresando a www.segurossura.com.co en la opción de “Ingresa a tu cuenta".
  • Contactando a su asesor de seguros.

Plazos y términos

  • El seguro será cancelado si el pago de la prima no se realiza dentro de los 45 días siguientes al inicio de su vigencia.
  • El seguro puede ser cancelado de forma unilateral por ​SURA o la empresa asegurada.
  • El Seguro de Fraude de Empleados tiene vigencia por un año sin renovación automática.
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