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SEGUROS
¿CÓMO TE PROTEGEMOS?
Gestión Financiera

Tecnología y Transformación Digital

Con el Seguro Colectivo de Vida sus empleados podrán:


 

Contar con un capital de respaldo inmediato para cubrir eventos inesperados.

 

Tener la posibilidad de extender la protección a su grupo familiar.

 

Tener una tarifa estable a lo largo de la vida laboral.

 
 

​​​​Uno de sus mayores intereses como empresario es desarrollar acciones que le permitan elevar y mantener la calidad de vida de su recurso humano y su grupo familiar. Con el Seguro Colectivo de Vida de SURA, se respirará en su empresa un aire social y familiarmente responsable, asimismo, se verá un mejoramiento en el desempeño de sus empleados y en los resultados obtenidos.

​Este seguro tiene como beneficio para los asegurados un menor costo de la póliza por tratarse de una colectiva y la posibilidad de extenderlo a su grupo familiar, lo que genera en ellos un mayor sentido de pertenencia por la empresa. Tenga en cuenta además, que el respaldo económico que recibirá el empleado y su grupo familiar, minimiza la necesidad de acudir a temas legales con la empresa. 

Gracias a que el Seguro de Vida, se convierte en un capital de respaldo inmediato para cubrir eventos inesperados, se disminuyen solicitudes de préstamos y niveles de endeudamiento por parte de sus empleados, contribuyendo a mantener los niveles de productividad y sostenimiento de la empresa. ​​​​​

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¿Qué te ofrecemos?

Plan Empresario SURA

Protege al asegurado principal y su grupo familiar: hijos, cónyuge o compañero(a), hermanos y progenitores. Es un producto muy completo que ofrece una cobertura integral.

Conoce aquí las condiciones del seguro.

Plan Vida Integral

Este producto brinda la facilidad de tener en una sola póliza diferentes coberturas de varias soluciones de Seguros SURA: Vida, Accidentes Personales y Renta diaria.

Conoce aquí las condiciones del seguro.

Plan Vida Deudores​​

Si su empleado tiene un préstamo con alguna entidad o empresa, y él fallece o pierde de forma permanente el 50% o más de la capacidad laboral, por medio del Plan Vida Deudores se garantiza que el saldo de la deuda se cancela, evitando por un lado dificultades de la entidad para recuperar su dinero y por el otro lado dejarle a los herederos cuentas por pagar.

Conoce aquí las condiciones del seguro.

Plan Vida Docentes

Este plan está orientado a docentes y personal administrativo que se encuentre vinculado a entidades educativas tanto públicas como privadas y a su grupo familiar. ​​​

Conoce aquí las condiciones del seguro. ​ ​​ ​​​

Plan Vida Clásico

Es un plan que actualmente solo está vigente para renovaciones, debido a que el Plan Vida Integral es el que lo sustituye y ofrece las mismas coberturas.​

Conoce aquí las condiciones del seguro.​​ ​
Conoce aquí las condiciones del seguro.​​ ​

Plan Deudores Integral

Es un plan orientado a la protección de riesgo de cartera para personas que tienen obligaciones financieras con el tomador. Si el asegurado fallece, pierde la capacidad laboral de forma permanente en un 50% o más, o si deja de percibir ingresos (según clausulado), este plan cubrirá al beneficiario oneroso el número de cuotas según se hayan contratado.​

Conoce aquí las condiciones del seguro.​​​

Plan Accidentes Personales Colectivo

Este producto brinda protección a tus empleados en caso de que presenten una invalidez o fallezcan a causa de un accidente. Además, ofrece la posibilidad de tener otras coberturas adicionales que complementan este plan.​

Conoce aquí las condiciones del seguro.​​​

Nuestro Seguro Colectivo de Vida: ¡Descubre cuál es la opción perfecta para ti!

Ten en cuenta que puedes cambiar algunas condiciones dependiendo de tu momento de vida.

  • Lo incluye el plan.
  • Lo adicionas por un valor extra.
  • No lo incluye el plan.

¿Qué te ofrecemos?

Plan empresario SURA

Plan vida integral

Plan vida deudores

Plan vida docentes

Plan Deudores Integral

Plan Accidentes Personales Colectivo

Vida

Invalidez o pérdida por un accidente o enfermedad

Muerte en un accidente

Pérdida parcial de la capacidad laboral

Enfermedades graves

Muerte accidental adicional (AP)

Invalidez accidental adicional (AP)

Renta por incapacidad

Renta por hospitalización.

Renta adicional por hospitalización en cuidados intensivos

Auxilio por maternidad o paternidad

Bono funerario

Auxilio de repatriación

Bono para educación

Bono para adecuaciones del hogar

Bono canasta

Perdida del ingreso

Renta por accidente

Gastos de curación

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¿Qué te cubrimos?

 

Cobertura principal​

Vida: En caso de que mueras, SURA pagará a tus beneciarios el valor asegurado.


Coberturas opcionales


Si como consecuencia de una enfermedad o accidente sufres una pérdida total y permanente de la capacidad laboral igual o superior al 50%, SURA te pagará el valor asegurado.

Si te diagnostican por primera vez alguna enfermedad o te realizan algún procedimiento quirúrgico, SURA te pagará el valor asegurado de esta cobertura.

Si sufres un accidente de trabajo o una enfermedad laboral, y pierdes entre el 20% y 49% de tu capacidad laboral de manera permanente.

Si mueres como consecuencia de un accidente, SURA pagará a tus beneficiarios una indemnización adicional a la pagada por la cobertura de vida.
Para tener derecho a la misma, la muerte debe haber ocurrido dentro de los 180 días siguientes al accidente.
Ten en cuenta que al elegir esta cobertura no podrás elegir la cobertura de Muerte Accidental Adicional (Accidentes Personales)

Por el nacimiento (supervivencia) o adopción de cada hijo, SURA te entregará un dinero para que disfrutes de este momento. Aplica un evento por vigencia y que hayas contratado esta cobertura antes del inicio del embarazo o del proceso de adopción.

Si mueres, SURA pagará a tus beneficiarios el valor asegurado de esta cobertura para cubrir los gastos correspondientes​.
Esta cobertura la encuentras en tu certificado individual del seguro como Auxilio Funerario.

Si mueres en el exterior y llevabas menos de 90 días, SURA pagará a tus beneficiarios el valor asegurado de esta cobertura para cubrir los costos de tu traslado a Colombia.

Es un dinero adicional que SURA le entregará a tus beneciarios si mueres.

Es un dinero adicional que SURA te entregará si quedas inválido por accidente o enfermedad, para utilizarlo en lo que necesites.
SURA te pagará el valor asegurado que tengas a la fecha en la que quede definida la invalidez, es decir, la fecha de estructuración

Es un dinero adicional que SURA te pagará si quedas inválido o entregará a tus beneficiarios si mueres.

Si mueres como consecuencia de un accidente, SURA entregará a tus beneficiarios un dinero adicional al pagado por la cobertura de vida.
Para tener derecho al mismo, la muerte debe haber ocurrido dentro de los 180 días siguientes al accidente. Ten en cuenta que, al elegir esta cobertura, no podrás elegir la cobertura de Muerte en un accidente (Vida Grupo).

Si como consecuencia de un accidente sufres una pérdida total y permanente de la capacidad laboral igual o superior al 50%, SURA te pagará el valor asegurado

Si tu EPS o ARL te incapacitan temporalmente por un accidente o enfermedad, SURA te pagará el valor asegurado a partir del día 8 y hasta 30 días continuos o discontinuos durante la vigencia de la póliza.

Si te hospitalizan o te practican una cirugía ambulatoria, SURA te hará un pago.

Si te hospitalizan en unidad de cuidados intensivos como consecuencia de un accidente o enfermedad, SURA te pagará el valor asegurado, desde el primer día y hasta por 10 días.
Esta cobertura tiene las mismas condiciones de renta por hospitalización y es un pago adicional a esta.

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¿Qué empresa se pueden asegurar?

​Aquellas empresas en la que se aseguren más de 7 empleados entre empleados y sus familias. Asimismo, cooperativas y fondos de empleados cuyos socios pertenezcan a la misma empresa. Contacte a su asesor para conocer si su empresa cumple con el perfil asegurable.

Tarifa y formas de pago

La prima del seguro se establecerá de acuerdo al plan y tipo de producto que el cliente tomador elija, también de acuerdo a los diferentes análisis de SURA y a las solicitudes que como empresa tomadora del seguro pueda realizar. Conozca las diversas alternativas para pagar aquí

¿Cómo hacer una reclamación?

  • Llamando a la línea de atención de SURA en Bogotá, Cali o Medellín al 4378888 (usando el indicativo correspondiente) o en el resto del país al 0180000518888.
  • Ingresando a www.segurossura.com.co/ en la opción de “Ingresa a tu cuenta
  • Contactando a su asesor de seguros.

Plazos y términos

  • El no pago de las primas dentro del mes siguiente a la fecha límite de pago producirá la terminación de tus coberturas.
  • Este seguro tiene una vigencia anual. Al finalizar se renovará automáticamente por un período igual. Si el asegurado o la empresa que tomó el seguro no desean que el seguro se renueve, se lo deberán avisar por escrito a Seguros SURA. Si SURA no desea que se renueve, se los informará por escrito 30 días antes de que termine la vigencia. ​
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