Con este seguro, las AFP pueden:
Cumplir con la obligación de garantizar a sus afiliados, o a los beneficiarios de estos, el acceso a una pensión cuando queden con una invalidez o fallezcan.
Acompañar a las personas afectadas y a sus familias para que su calidad de vida no desmejore.
Las personas se exponen en su cotidianidad a diversos riesgos no relacionados con su actividad laboral o productiva.
Un accidente puede causarle a alguien una invalidez y, con ello, la imposibilidad de trabajar y recibir ingresos que aseguren su calidad de vida y la de su familia. En otra situación infortunada, el afectado podría fallecer.
En ambos casos, las administradoras de fondos de pensiones y cesantías cumplen una responsabilidad esencial porque, de acuerdo con la Ley 100 de 1993,
deben garantizar el pago de una pensión a la persona que quedó con una invalidez o a los beneficiarios de quien haya muerto.
El Seguro Previsional de Invalidez y Sobrevivencia es el apoyo que su AFP necesita para
completar el capital que les falta a sus afiliados o beneficiarios para pensionarse y así responder por sus obligaciones según lo determinan las leyes vigentes de Colombia.