Si falleces o pierdes de forma permanente más del 50% de la capacidad laboral, garantizas que el saldo de tu deuda sea cancelado.
Evitas dejarle a tus herederos cuentas por pagar.
Si eres despedido sin justa causa, o eres independiente y tienes una incapacidad temporal, SURA le pagará a la entidad con quien tengas una deuda, las cuotas a las que tengas derecho.