En caso de que tengas tu negocio dentro de tu hogar, podrás asegurar contra hurto o daño los bienes asociados a tu actividad comercial, que no exceden en su valor de 6 SMMLV, como muebles y enseres, equipos eléctricos, electrónicos y a gas, ropa, y en general todo el menaje doméstico. Dentro de esta categoría se pueden incluir relojes, joyas y bicicletas.