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Con el Plan Empresario SURA podras:


Contar con una cobertura integral que solo SURA ofrece.

Asegurar a tu grupo familiar: hijos, cónyuge o compañero(a), hermanos y progenitores.

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​¿Qué te cubrimos?

 

Cobertura principal​

Vida: al momento de la muerte les damos a los beneficiarios todo el respaldo económico que se defina en el momento de comprar el seguro, para que ellos utilicen ese dinero y no pierdan su calidad de vida.

Coberturas opcionales


Si como consecuencia de un accidente o una enfermedad quedas inválido, es decir, pierdes de forma permanente el 50% o más de tu capacidad laboral, SURA te pagará los porcentajes de valor asegurado, que hayas alcanzado a la fecha del siniestro.

Si el fallecimiento es como consecuencia de un accidente, le entregamos a los beneficiarios una indemnización adicional igual al valor asegurado de esta cobertura.

¡El riesgo está en todas partes!, por lo que con esta cobertura opcional obtendrás un respaldo para que no pierdas tu calidad de vida en caso de que algún evento accidental te exija más gastos de los normales.

Si como consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad laboral pierdes de forma permanente entre el 20% y el 49% de tu capacidad laboral, SURA pagará un porcentaje del valor asegurado de la cobertura de vida igual al de la pérdida de capacidad laboral.

Si en algún momento eres diagnosticado con alguna enfermedad grave, tendrás un respaldo económico suficiente para tu tratamiento, dependiendo del valor que asegures. Es necesario consultar la lista de enfermedades que cubrimos, ​ encuéntralas aquí​.

Si como consecuencia de un accidente o enfermedad, la EPS o ARL te incapacitan, SURA te pagará, a partir del octavo día de incapacidad y hasta por 90 días, por vigencia, una renta diaria.

Si como consecuencia de un accidente o una enfermedad eres hospitalizado, SURA te pagará, desde el primer día una renta diaria.

Si como consecuencia de un accidente o una enfermedad eres hospitalizado, SURA te pagará, desde el primer día una renta diaria.

Por el nacimiento ​y sobrevivencia, SURA te pagará el valor asegurado en esta cobertura. En caso de adopción también puedes acceder a este beneficio.

En caso de que fallezcas, tus beneficiarios recibirán una suma de dinero adicional a la cobertura principal de este seguro. De esta forma cubrirán los gastos funerario necesarios.

En caso de que el asegurado lleve menos de 90 días en el exterior y muera, SURA pagará a la persona encargada de la repatriación los costos en los que haya incurrido para este fin, dentro del límite del valor asegurado.

En caso de fallecimiento SURA pagará a los beneficiarios el valor asegurado que podrán usar para cubrir gastos de educación.

Si como consecuencia de un accidente o una enfermedad, el empleado queda inválido, SURA pagará el valor asegurado para adecuar la casa.


Plan Empresario SURA no cubre las siguientes circunstancias

  • ​Enfermedades congénitas o lesiones, defectos físicos y enfermedades originadas o adquiridas antes de la contratación de la cobertura, salvo que no las conocieras.

  • Accidentes ocurridos antes de contratar la cobertura.

  • Lesiones que te hayas provocado intencionalmente estando o no en uso de tus facultades mentales.


¿Quién se puede asegurar?

Plan Empresario SURA está disponible para todas las personas a partir de los 14 años de edad hasta los 70 años, de acuerdo con las políticas de suscripción de SURA y los criterios de evaluación médica establecidos.


Los requisitos para adquirir el plan son:​

  • Cumplir con la edad según las políticas establecidas.

  • Diligenciar y firmar la declaración de asegurabilidad.

  • Adjuntar la información médica y financiera requerida.

¿Cómo hace​r una reclamación?

  • Llamando a la línea de atención de SURA en Bogotá, Cali o Medellín al 4378888 o en el resto del país al 0180000518888.

  • Ingresando a www.sura.com.co en la opción de “Ingresa a tu cuenta"

  • Contactando a tu asesor de seguros ​​​​ ​​​​​​​

​​​​​​​exequias ​​​​​​

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