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Tarjeta Protegida


¿Qué cubrimos?​

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Si como consecuencia de un accidente el asegurado fallece, Seguros SURA paga a sus beneficiarios el valor del plan escogido por el asegurado.

Si sucede un hurto con violencia, hurto sin violencia y la pérdida o extravío de la tarjeta débito o crédito de Credivalores, SURA indemniza al asegurado bajo las obligaciones y los requisitos contemplados en el seguro. Asimismo, se indemniza por la falsificación o adulteración del plástico, la banda magnética y múltiples vales, así como el hurto o la pérdida de la billetera o cartera, las llaves y los documentos personales.​

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¿Cómo adquirir el seguro?

Por medio de los puntos de Crediuno en los departamentos de Valle del Cauca, Bucaramanga, Villavicencio y Boyacá​​​​​​​.​​​​

¿Cómo hacer una reclamación?

Los clientes deben comunicarse a la línea de Credivalores:
01 8000 95 0303 de lunes a viernes 8:00 a. m. a 6:00 p. m.

Los documentos que se deben presentar para la radicación de reclamaciones en las oficinas de Credivalores del país son:

Documentos

Muerte accidental

Para el mal uso de la tarjeta por hurto con violencia, hurto sin violencia y pérdida o extravío

Copia de la solicitud del certificado individual del seguro.

Formato de reclamación de tarjeta protegida

Original del formato de autorización para pago por transferencia

Recibo de los servicios públicos donde se demuestre el descuento.

Denuncio por el hurto o la pérdida ante una entidad competente.

Soporte de pago para la reposición de documentos.

Declaración notarial de los herederos

Copia del registro civil de defunción.

Copia de la cédula de ciudadanía del asegurado

Copia de la historia clínica.

Certificación de la entidad competente en la que se evidencie la causa del fallecimiento.

Copia de la cédula de ciudadanía de los beneficiarios o del registro civil de nacimiento si son menores de edad.

​​Edades de ingreso y permanencia

  • Edad mínima de ingreso: de 18 años cumplidos a 75 años más 364 días.

  • Permanencia: hasta 77 años y 364 días.

​​Vigencia del seguro

  • Vigencia anual con renovación automática.

Periodicidad de pago

  • Mensual.​​​​​​​

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Accidentes Personales con Asistencia Odontológica


¿Qué cubrimos?​

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Si como consecuencia de un accidente el asegurado fallece, Seguros SURA paga a sus beneficiarios el valor del plan escogido por el asegurado.

En caso que el asegurado o beneficiario lo requieran, tienen atención de personal calificado en medicina dental a consecuencia de una urgencia odontológica. Asimismo, traslado médico terrestre en caso de accidente, limpieza dental básica, orientación dental telefónica, referencias de centros de salud hospitalarios y conexión con médicos y especialistas. ​

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¿Cómo adquirir el seguro?

Por medio de los puntos de Crediuno en los departamentos de Valle del Cauca, Bucaramanga, Villavicencio y Boyacá​​​​​​​​.

¿Cómo solicitar las asistencias?

Para los servicios de asistencia médica y odontológica llamar al 01 8000 94 2450 las 24 horas del día, los siete días de la semana. En Bogotá está disponible el teléfono 511 45 45. ​​​​​​​​​​​​

¿Cómo hacer una reclamación?

Los clientes deben comunicarse a la línea de atención de Credivalores:
01 8000 95 0303 de lunes a viernes 8:00 a. m. a 6:00 p. m.

Los documentos que se deben presentar para la radicación de reclamaciones en las oficinas de Credivalores del país son:

Documentos

Muerte accidental

Copia de la solicitud del certificado individual del seguro.

Declaración notarial de los herederos

Copia del registro civil de defunción.

Copia de la cédula de ciudadanía del asegurado.

Copia de la historia clínica.

Certificación de la entidad competente en la que se evidencie la causa del fallecimiento.

Copia de la cédula de ciudadanía de los beneficiarios o del registro civil de nacimiento si son menores de edad.

Original del formato de autorización para pago por transferencia (diligenciado por el beneficiario).

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​​Edades de ingreso y permanencia

  • Edad mínima de ingreso: de 18 años cumplidos a 64 años más 364 días.

  • Permanencia: hasta 69 años y 364 días.

​​Vigencia del seguro

  • Vigencia anual con renovación automática.

Periodicidad de pago

  • Mensual.​​​​​​​​

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Accidentes Personales con Asistencia Médica


¿Qué cubrimos?​

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Si como consecuencia de un accidente el asegurado fallece, Seguros SURA paga a sus beneficiarios el valor del plan escogido por el asegurado.

En caso que el asegurado o beneficiario lo requieran, tienen atención en sala de urgencias por parte de personal calificado en medicina, solo si la urgencia es causada por un accidente. Asimismo, traslado médico terrestre en caso de accidente, fonodoctor las 24 horas del día, médico a domicilio en caso de accidente, envío de medicamentos a domicilio, referencia de médicos y especialistas y centros de salud hospitalarios e información general de horarios y ubicación de EPS, droguerías y centros de atención médica. ​

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¿Cómo adquirir el seguro?

Por medio de los puntos de Crediuno en los departamentos de Valle del Cauca, Bucaramanga, Villavicencio y Boyacá.​

¿Cómo solicitar las asistencias?

Para los servicios de asistencia médica y odontológica llamar al 01 8000 94 2450 las 24 horas del día, los siete días de la semana. En Bogotá está disponible el teléfono 511 45 45. ​​​​​​​​​​​​​

¿Cómo hacer una reclamación?

Los clientes deben comunicarse a la línea de atención de Credivalores:
01 8000 95 0303 de lunes a viernes 8:00 a. m. a 6:00 p. m.

Los documentos que se deben presentar para la radicación de reclamaciones en las oficinas de Credivalores del país son:

Documentos

Muerte accidental

Copia de la solicitud del certificado individual del seguro.

Declaración notarial de los herederos

Copia del registro civil de defunción.

Copia de la cédula de ciudadanía del asegurado.

Copia de la historia clínica.

Certificación de la entidad competente en la que se evidencie la causa del fallecimiento.

Copia de la cédula de ciudadanía de los beneficiarios o del registro civil de nacimiento si son menores de edad.

Original del formato de autorización para pago por transferencia (diligenciado por el beneficiario).

​​Edades de ingreso y permanencia

  • Edad mínima de ingreso: de 18 años cumplidos a 64 años más 364 días.

  • Permanencia: hasta 69 años y 364 días.

​​Vigencia del seguro

  • Vigencia anual con renovación automática.

Periodicidad de pago

  • Mensual.​​​​​​​​​​​​

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Accidentes personales con Exequias


¿Qué cubrimos?​

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Si como consecuencia de un accidente o enfermedad el asegurado fallece, Seguros SURA paga el valor del plan escogido o atiende los servicios funerarios en que se incurra por esta situación.

En caso que el asegurado o beneficiario lo requieran, cuentan con atención de personal calificado para los servicios de arreglos florales, cofre, carroza, cinta y carteles; misa de exequias o rito ecuménico, sala de velación, asistencia familiar y asesoría para trámites legales y notariales (excluido el certificado de defunción), transporte de acompañantes y del fallecido dentro del perímetro urbano (hasta 25 personas), tratamiento de conservación del cuerpo y servicios de inhumación y cremación. ​

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¿Cómo adquirir el seguro?

Por medio de los puntos de Crediuno en los departamentos de Valle del Cauca, Bucaramanga, Villavicencio y Boyacá.​

¿Cómo solicitar el servicio?​

Para los servicios de exequias llamar al 01 8000 12 9974 las 24 horas del día, los siete días de la semana. También está disponible el celular 313 252 52 47. ​​​​​​​​​​​​​​​

¿Cómo hacer una reclamación?

Los clientes deben comunicarse a la línea de atención de Credivalores:
01 8000 95 0303 de lunes a viernes 8:00 a. m. a 6:00 p. m.

Los documentos que se deben presentar para la radicación de reclamaciones en las oficinas de Credivalores del país son:

Documentos

Muerte accidental

Copia de la solicitud del certificado individual del seguro.

Declaración notarial de los herederos

Copia del registro civil de defunción.

Copia de la cédula de ciudadanía del asegurado.

Copia de la historia clínica.

Certificación de la entidad competente en la que se evidencie la causa del fallecimiento.

Copia de la cédula de ciudadanía de los beneficiarios o del registro civil de nacimiento si son menores de edad.

Original del formato de autorización para pago por transferencia (diligenciado por el beneficiario).

​​Edades de ingreso y permanencia

  • De ingreso del asegurado principal, su cónyuge o sus padres: desde 18 hasta 69 años. La permanencia no tiene edad límite.

  • De ingreso de los hijos y hermanos del asegurado principal: desde el segundo día de nacido hasta los 40 años más 364 días. La permanencia es hasta los 40 años más 364 días.​

​​Vigencia del seguro

  • Vigencia anual con renovación automática.

Periodicidad de pago

  • Mensual.​​​​​​​​​​​​​

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