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Canales de contacto

  • De acuerdo con los parámetros establecidos por la normatividad vigente, se evidencia que a nuestra Compañía, como EPS, no le es aplicable el Estatuto General de Contratación de acuerdo con los presupuestos establecidos por el Consejo de Estado en el auto del 25 de febrero de 2021, mediante el cual se suspendieron provisionalmente las Circulares Externas 1 de 21 de junio de 2013 y 20 de 27 de agosto de 2015, expedidas por la Dirección de la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente. Por lo anterior, a la fecha la EPS no cuenta con la obligación de publicar el listado de contratos que tiene suscritos en EL SECOP. No obstante, es menester tener presente que nuestra Compañía sí realiza los reportes contractuales directamente en SIRECI.

  • Manual de contratación

  • Plan Anual de Adquisiciones

    SURA pertenece al régimen especial y no nos obliga a tener el Plan Anual de Adquisiciones (PAA)

    Presupuesto General Asignado

  • EPS SURA cumple con el reporte delas circulares 008 y 017 de 2020 de la Super Salud

  • CE008 de 2020Abrir

  • Ejecución presupuestal histórica anual

    • EPS SURA cumple con el reporte de las circulares 008 y 017 de 2020 de la Super Salud

    • CE008 de 2020Abrir

  • Estados financierosAbrir


  • Informes de gestión, evaluación y auditoría.

  • Informe anual de gestión EPS SURA

  • Informe anual de gestión EPS SURA 2024Abrir

  • Informe anual de gestión EPS SURA 2023Abrir

  • Informe anual de gestión EPS SURA 2022Abrir

  • Informe anual de gestión EPS SURA 2021Abrir

  • Informe anual de gestión EPS SURA 2020Abrir

  • Informe anual de gestión EPS SURA 2019Abrir

  • Informe de defensa judicial

  • Defensa judicialAbrir

  • Informes de gestión, evaluación y auditoría

  • La información sobre informes de gestión, evaluación y auditoría; y los reportes de control interno contienen información sensible relativa a las estrategias comerciales de la EPS SURA.

  • Rendición de cuentas EPS SURA Abrir

  • Informe sobre trasmisiones de información a Entes de Control y VigilanciaAbrir

  • Reportes de control interno

    La información sobre informes de gestión, evaluación y auditoría; y los reportes de control interno contienen información sensible relativa a las estrategias comerciales de la EPS SURA

  • Planes de Mejoramiento

    En virtud de la Naturaleza jurídica de la EPS SURA no está obligada a reportar en el micrositio de ley de transparencia, ya que de conformidad con lo dispuesto en la Ley 87 de 1993 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otrasdisposiciones" los sujetos obligados son: Art 5: Campo de aplicación. La presente Ley se aplicará a todos los organismos y entidades de las Ramas del Poder Público en sus diferentes órdenes y niveles así como en la organización electoral, en los organismos de control, en los establecimientos públicos, en las empresas industriales y comerciales del Estado en las sociedades de economía mixta en las cuales el Estado posea el 90% o más de capitalsocial, en el Banco de la República y en los fondos de origen presupuestal

  • Modelo Control InternoAbrir


  • Informe pormenorizado.

  • Plan de Servicio al ciudadano.

    Los planes de atención del ciudadano son una obligación de entidades publicas, EPS SURA por su naturaleza jurídica no está obligada a contar con éstos; sin embargo se encuentran diferentes estrategias y metodologías dirigidas a la atención del ciudadano, en los que se observan los mecanismos para el acceso, la atención de diferentes requerimientos, la realización de trámites, etc.

  • Plan Anticorrupción y de Atención al CiudadanoAbrir

  • Participación en la formulación de políticas Abrir

  • De conformidad con lo establecido en las normas vigentes, el Sistema General de Seguridad Social en Salud estimula la participación de los usuarios en la organización y control de las instituciones y del sistema en su conjunto. Dentro de estas formas de participación ciudadana en salud que se implementan en EPS SURA se encuentran:

    1. Conformación de asociaciones, ligas o alianzas de usuarios: El decreto 1757 de 1994, define la Alianza o asociación de usuarios, como una agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tiene derecho a utilizar unos servicios de salud de acuerdo con su sistema de afiliación y que velará por la calidad del servicio y la defensa del usuario. Responsable: Gerencia de Mercadeo.

    Como base fundamental de la participación ciudadana en salud, se realiza convocatoria pública por medio de carteleras ubicadas en nuestras oficinas de atención al usuario e IPS de cada ciudad donde tenemos cobertura geográfica, adicional en el canal salud al día en nuestras IPS informa de manera permanente la existencia de la asociación y se indica cómo hacer parte de ella.

    El proceso de participación ciudadana institucional se encuentra documentado aquí.

    Los afiliados interesados en hacer parte de la asociación de usuarios EPS/IPS pueden realizarlo por medio del correo electrónico: cepartciudadana@sura.com.co Contactarse con la líder de participación ciudadana en cada una de nuestras regionales o por medio de las enfermeras líderes de nuestras IPS Básicas.

    Puede hacer parte de la asociación de usuarios cualquier afiliado de la EPS Sura, que se encuentre activo, que haya utilizado alguno de nuestros servicio, mayor de edad Como mecanismo presencial contamos con las líderes regionales de participación ciudadana o a través de nuestras enfermeras líderes de las IPS Coordinación experiencia y procesos /Participación ciudadana e institucional.

    2. Veedurías en salud para el ejercicio del control social: La Asociación, Liga o Alianza podrá conformar Comités de Veeduría en Salud, para los planes y programas de la EPS y para la prestación de servicio de salud.

    3. Defensor del usuario: Es un vocero de los afiliados ante las respectivas EPS respecto de las quejas y reclamos relativos a la prestación de servicios de salud. Se trata de una figura no obligatoria para la EPS, quien ha definido de manera discrecional establecerla y para tal efecto, conoce, gestiona, da traslado a las instancias competentes y comunica al quejoso sobre su gestión y solución.


  • Informe de Peticiones, quejas, reclamos, denuncias y solicitudes de acceso a la información

  • INFORME PQR – EPS SURAAbrir

  • EPS SURA en ejercicio de la autonomía de su voluntad y con el compromiso de cumplir con una adecuada gestión de recursos y de promover servicios de salud, cuenta con mecanismos de eficientes y de fácil acceso para que los usuarios realicen trámites ante la entidad a través de su página web

  • AfiliadosAbrir

  • Cartilla EPS SURA.Abrir

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