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Modelo de Unidad de Cuidados Respiratorios Intermedios, UCRI

El modelo está diseñado para afiliados y asegurados a póliza, PBS o PAC que requieren un monitoreo especializado y alto flujo de oxígeno, pero no presentan un estado de gravedad como para ingresar a UCI. Es decir, se trata de un modelo intermedio entre los niveles básicos y las UCI que está presente en Medellín, Bogotá y Cali.

El ingreso de los pacientes es determinado por médicos con experiencia en cuidados intensivos de aliados expertos que asumen el manejo de los usuarios una vez requieren una atención más especializada a la que se les puede entregar en servicios domiciliarios o de Urgencias.

“Dentro de la intervención se escucha activamente a las familias: se pregunta por las preocupaciones y necesidades de cada miembro de la familia, dándoles tranquilidad y realizando una conexión paciente-familia que ayuda a mitigar el impacto emocional que esta pandemia ha generado en nuestra sociedad”.
Carolina Restrepo, Psicóloga Paliativista de CIGE, operador del modelo



Este modelo en particular nos ayudará a gestionar este tipo de pacientes, en especial ahora que en Colombia son los CRUE, Centro Regulador de Urgencias y Emergencias, quienes definan quién ingresa o no a una UCI, independientemente de la aseguradora o EPS de las que provenga el paciente.

Paula Andrea Mazo Martínez, Gerente General del Centro de Inmunología y Genética - CIGE, primer proveedor que operó el modelo nos cuenta:
“Luego de más de 80 pacientes atendidos en el modelo UCRI- CIGE, hemos logrado comprobar que todas las hipótesis acerca de lo ganador de implementar este tipo de modelo eran ciertas, y que se cumplieron los 2 objetivos primordiales: preservar la vida y disminuir el ingreso de pacientes a las unidades de cuidados intensivos.

Nuestra experiencia en la IPS Centro de Inmunología y Genética “CIGE”, nos ha permitido observar cómo muchos pacientes que han estado durante varios días conectados a sistemas de oxígeno de alto flujo, y otros en un estado más crítico, a ventilación mecánica no invasiva, han logrado sobrevivir a la COVID-19, debido a que al no tener que sedarlos, se logra disminuir en un 50% su probabilidad de morir”.


Rutas de atención COVID-19 para afiliados y asegurados

Canales de acceso, ordenamiento o no de pruebas, incapacidades hacen parte de la ruta que vive un paciente con sospecha o positivo para COVID-19. En los siguientes infográficos podrás conocer la ruta que vive un afiliado a la EPS o un asegurado a la póliza de salud.

Quiero conocer ruta póliza AQUÍ.
Quiero conocer ruta EPS AQUÍ.


En las claves está la clave

Recomendaciones de seguridad para proteger la información de SURA.


Conclusiones de los encuentros corporativos de capacidades

Revive estos espacios y conoce las conclusiones de cada capacidad que guiarán los planes de trabajo y las ideas que respondan a los desafíos actuales:
Autonomía

Competitividad
Movilidad

Actualidad normativa

Se adicionan plazas de servicio social obligatorio
(Ministerio de Salud y Protección Social, Resolución 1414, 19 de agosto de 2020)
MinSalud agrega al servicio social obligatorio 600 plazas en medicina, 650 plazas en enfermería y 125 plazas en bacteriología para reforzar la atención en salud durante la emergencia COVID-19. A los profesionales de la salud que hayan sido exonerados se les podrá asignar una plaza cuando voluntariamente lo soliciten. Las instituciones que deseen contar con las plazas deberán solicitarlas ante la secretaría de salud departamental.
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Se adopta protocolo de bioseguridad en las actividades de los parques de diversión, jardines botánicos y reservas naturales
(MinSalud, Resolución 1421, 21 de agosto de 2020)
Se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control de riesgo de COVID-19, en las actividades de los parques de diversión, jardines botánicos y reservas naturales. Este protocolo es complementario al adoptado mediante Resolución 666 de 2020.
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Se adopta el protocolo de bioseguridad para casinos y bingos
(MinSalud, Resolución 1359, 10 de agosto de 2020)
Se adopta el protocolo de bioseguridad para la prevención y control del riesgo de la transmisión del COVID-19 en casinos y bingos. Este protocolo de bioseguridad es complementario al adoptado mediante Resolución 666 de 2020 y a las demás medidas que los responsables de cada una de las actividades previstas crean necesarias.
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Recomendaciones para garantizar la prestación de los servicios públicos domiciliarios durante la emergencia sanitaria asociada al COVID-19
(SuperServicios, Circular Externa 20201000000234, 30 de julio de 2020)
Se establecen las siguientes responsabilidades para las Empresas Sociales del Estado e Instituciones Prestadoras de Servicio de Salud que tengan habilitados servicios de hospitalización:
INFORMAR inmediatamente se conozca de alguna situación de riesgo de origen eléctrico al prestador del servicio de energía eléctrica, solicitando se adopten medidas provisionales que mitiguen el riesgo.
VERIFICAR cada uno de los requisitos específicos establecidos en el RETIE en relación con las instalaciones eléctricas, en especial, el adecuado funcionamiento del sistema de respaldo de energía con el que debe contar la instalación eléctrica.
ADELANTAR las acciones pertinentes y de manera preventiva que le permitan contar con los respaldos necesarios para el suministro de energía en las áreas críticas, en cumplimiento del RETIE y de la Resolución 3100 de 2019 del Ministerio de Salud y la Protección Social, incluyendo aquellas condiciones dispuestas en el Decreto 538 del 12 de abril de 2020.
ACTUALIZAR la matriz de riesgos de origen eléctrico de acuerdo a lo definido en el RETIE, con el objetivo de identificar los riesgos y establecer procesos de actuación frente a ellos.
ESTABLECER un canal de comunicación con el prestador del servicio de energía que lo atiende, con el fin de que durante la emergencia sanitaria actual se pueda notificar de manera prioritaria cualquier afectación en la continuidad del servicio.
NOTIFICAR a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en caso de que el prestador del servicio de energía eléctrica y gas combustible no actúe diligente y oportunamente ante fallas en el sistema de instalaciones eléctricas y sistema de distribución de gas que suplen los servicios para las instituciones que prestan el servicio de hospitalización.
CUMPLIR con el esquema de revisiones periódicas de gas combustible establecidas en el marco de la Resolución CREG 059 de 2012.
ACATAR las instrucciones que fueron dadas por cada fabricante de los artefactos a gas que son usados al interior de la institución hospitalaria para los temas de instalación, operación y mantenimiento de estos artefactos.
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