Header image

9 aclaraciones sobre la normativa de arrendamiento por COVID-19

Frente a dudas que nos ha planteado muchos empleados sobre la última normativa del Gobierno Nacional con ocasión del COVID-19, estuvimos consultando con Asuntos Legales y Negocios Empresariales, y estas son algunas de las claridades que nos plantean:

1. Estas medidas no significan la suspensión, el congelamiento, la condonación, ni mucho menos la eliminación del pago de los cánones. No estamos fomentando una cultura de no pago, por el contrario, las familias que puedan seguir pagando sus obligaciones, deben hacerlo cumplidamente. Por su parte, los hogares que en el marco de la emergencia hayan tenido una reducción en sus ingresos, podrán contar con instrumentos adicionales para conciliar y llegar a acuerdos de pago.

2. El inicio de contratos de arrendamiento cuya entrega del inmueble al arrendatario se haya pactado dentro del lapso de duración de la declaratoria de Emergencia, quedarán suspendidos hasta el 30 de junio.

3. El reajuste al canon, según el decreto indica que se aplaza el reajuste anual a los cánones que se tuvieran que hacer efectivos durante el periodo comprendido entre la vigencia del decreto y el próximo 30 de junio. En este punto hay que tener en cuenta un parágrafo, el cual se anota que, concluido el aplazamiento establecido en el inciso anterior, el arrendatario pagará las mensualidades con el reajuste anual correspondiente en los cánones que hagan falta para terminar el período contractual acordado, incluyendo en esas mensualidades, el valor porcentual de los incrementos no cobrados durante el periodo comprendido entre el 15 de abril y el 30 de junio de 2020.

4. Estas medidas aplican para todos los estratos socioeconómicos. Estas iniciativas reconocen la vulnerabilidad tanto de arrendadores como de arrendatarios. Debemos insistir en la importancia de llegar a acuerdos que beneficien a ambas partes, en un marco de solidaridad responsable.

5. En cuanto a intereses el arrendador no podrá cobrar intereses de mora al arrendatario, ni penalidad o sanción alguna proveniente de la ley o de acuerdos entre las partes, en relación con los cánones correspondientes al periodo comprendido entre el 15 de abril y el 30 de junio de 2020. Por su parte, el arrendatario deberá pagar al arrendador intereses corrientes a una tasa equivalente al 50% de la Tasa de Interés Bancario Corriente (TIBC), en la modalidad de consumo y ordinario, certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia, sobre los montos no pagados en tiempo, durante el periodo anotado.

6. Los contratos de arrendamiento cuyo vencimiento y entrega del inmueble al arrendador se haya pactado para cualquier fecha dentro del lapso de duración de la declaratoria de la Emergencia Económica, Social y Ecológica, se entenderán prorrogados hasta el próximo 30 de junio; además, la obligación de pago del canon continuará vigente. Lo anterior sin perjuicio de acuerdos entre las partes.

7. Entre el 15 de abril y el 30 de junio de 2020, se suspende la orden o ejecución de cualquier acción de desalojo dispuesta por autoridad judicial o administrativa que tenga como fin la restitución de inmuebles ocupados por arrendatarios, incluidos aquellos casos en los que el plazo del arrendamiento y/o su forma de pago se haya pactado por períodos diarios, semanales, o cualquier fracción inferior a un mes, bajo cualquiera de las modalidades contempladas en el artículo 4° de la Ley 820 de 2003.

8. Las medidas anunciadas por el presidente Iván Duque no implican el no pago de los cánones de arrendamiento, de manera que los propietarios de los inmuebles no están desprotegidos. Además, cuentan con todas las herramientas legales y jurídicas para hacer efectivos sus derechos. Las familias que viven en arriendo tendrán que seguir honrando sus obligaciones, bajo las condiciones a las que lleguen ambas partes. Por eso hacemos un llamado a la solidaridad responsable.

9. Las medidas de arrendamiento anunciadas también aplican para las micro, pequeñas y medianas empresas. Es decir que también aplican a los contratos de arrendamiento en los cuales el arrendatario sea una persona jurídica sin ánimo de lucro, inscrita en el registro del Ministerio del Interior. Queremos que se logren acuerdos entre el propietario y el inquilino sin penalidades, sin intereses y sin la amenaza de desalojo, pero fomentando la cultura de pago y la responsabilidad del arrendatario.

Para conocer más todas respuestas frente a los temas de arrendamiento puedes consultar el siguiente documento. CLIC AQUÍ.


¿Necesitas ayuda en tu hogar?

Para facilitar el proceso de asistencia y reclamaciones de la solución de hogar, te recordamos cómo funcionan:

Image


ARL - CGR: guías para la atención presencial de clientes

Nuestra prioridad es el bienestar de las personas, especialmente el de cada integrante de esta Compañía. En este momento tan particular que atravesamos como sociedad hemos entendido el valor de la conectividad: estar presentes, no siempre significa presencialmente. Así que, seguimos cerca y acompañando a nuestros clientes en la medida de lo posible desde la virtualidad.
Cuando es absolutamente necesaria la presencialidad de nuestros colaboradores lo hacemos con todas las medidas de bioseguridad que se requieran. Si una empresa cliente solicita un servicio físicamente es importante que sea de manera excepcional, siempre que ningún medio virtual supla la necesidad y previa validación del líder. Para esos casos excepcionales hemos diseñado las siguientes guías, para que tengas presente en qué condiciones se puede prestar el servicio.

Asesoría presencial en empresas que no son del sector salud
Hoy tenemos empresas que por su actividad deben dar continuidad a su operación, y requieren nuestro acompañamiento presencial desde promoción y prevención, frente a las necesidades que surgen por la pandemia y el acompañamiento de la gestión integral del riesgo en el proceso normal operativo, al cual cuentan con permiso para operar “Decreto 457 de 2020 Ministerio del interior – Aislamiento obligatorio en todo el territorio nacional (22 marzo 2020). Artículo 3.” Consulta la guía completa aquí.

Asesoría presencial en instituciones salud
Las asesorías o capacitaciones en áreas de prestación de servicio asistencial de salud sólo se realizarán luego de revisar individualmente su pertinencia y necesidad, y siempre teniendo en cuenta todas las recomendaciones y en especial los elementos de protección personal adecuados, completos y requeridos para ingreso a estas áreas. Consulta la guía completa aquí


Una herramienta para acompañar integralmente al cliente empresa

Ser relevantes en nuestro acompañamiento es saber qué necesitan nuestros clientes, incluso antes de que nos lo pidan.
En SURA lo entendemos y en estos momentos, en los que se comienzan a reactivar sectores económicos del país, hemos diseñado una herramienta que, con base en el sector y el foco de competitividad empresarial, sugiere de manera integral recomendaciones y servicios que SURA tiene para que las empresas mantengan su competitividad.
Esta herramienta, que sirve tanto para las empresas que inician reactivación como para las empresas que todavía no están en esa situación, será una aliada fundamental de los equipos comerciales, pues les ayudará a orientar mejor a los clientes empresa. Te invitamos a consultar nuestra Biblioteca su primera versión en Excel y próximamente podrás consultarla en la herramienta tecnológica que estamos diseñando. Consultar herramienta de cartografía de información para cliente empresa. CLIC AQUÍ


Movilidad en tiempos de la no movilidad

La movilidad es un desafío permanente que inquieta a las grandes ciudades del mundo. Año tras año, expertos buscan la manera de combinar tecnología con sostenibilidad para llevar a las calles nuevas formas de transporte.
Sin embargo, la movilidad no es un asunto exclusivo de quienes salen de casa. Muchas de las actividades que realizamos dentro de nuestra residencia también implican movimiento y es importante conocer las precauciones que debemos tener en cuenta para preservar la seguridad. Realizar actividad física, cuidar los vehículos, pedir domicilios, hacer mercado o comprar productos por internet, entre otras actividades, son sinónimos de movilidad y requieren de una preparación especial, sobre todo en épocas coyunturales donde deben aumentarse las medidas de protección.
Descubre a continuación algunas recomendaciones para realizar aquellas actividades que implican algún tipo de movilidad de manera correcta y segura.
Leer recomendaciones. CLIC AQUÍ.


Image